He dado positivo en un control de alcoholemia, ¿y ahora qué?

Si le ha parado la policía en un control de alcoholemia o le solicitan que se someta a la prueba del alcohol, lo primero que debe de saber es que siempre debe cooperar ya que en caso contrario estaría incurriendo en el delito de desobediencia por negarse a realizar las pruebas de la alcoholemia, artículo 383 del Código Penal.

La Ley de Seguridad Vial establece que para los conductores con más de un año de carnet, a partir de 0,25 mg/l de alcohol en aire aspirado es dar positivo; esta cifra se reduce a 0,15 mg/l para los noveles y profesionales.

 

Pero, ¿Que sucede si supero esos niveles?

 

     1- Si es de 0,25 mg/l a 0,50 mg/l supondría una sanción administrativa de entre 500 y 1000 euros y retirada de carnet de 4 a 6 puntos.

     2- Si superamos los 0,60 mg/l estaríamos cometiendo un delito contra la seguridad víal, recogido en el artículo 379 y siguientes del Código penal, el cual establece que,

«el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas […] el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.»

 

¿Que puedo hacer si he superado la tasa? 

 

Si el resultado de la prueba es positivo, con más de 0,60 mg/l, además de que la grua puede llevarse su coche al depósito, le citarán en el juzgado para un juicio rápido por un delito contra la seguridad del tráfico, el cual debe ir asistido por un abogado que hará valer sus intereses e intentará llegar a un acuerdo con el Ministerio Fiscal para obtener la mínima pena posible, siempre y cuando en el atestado policial no haya contradicciones o se imputen otros delitos.

Estás citaciones suelen ser en un plazo muy breve, con lo cual debe ponerlo en conocimiento de un abogado a la mayor brevedad para que pueda asesorarle e indicarle la mejor solución a la que se podría llegar.

¿Que abogado debo escoger?

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